TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO DE FIANTEC
Mediante este instrumento, FIANTEC FINANCIAL GROUP LTDA, persona jurídica privada, registrada en el CNPJ con el número 22.525.645/0001-80, con sede en Av. Pedro Taques, nº 294, local 1305, Maringá, PR, debidamente representada en este instrumento de conformidad con sus estatutos, presenta los Términos y Condiciones de los Servicios de FIANTEC (en adelante, el "Instrumento").
Cualquier pregunta o sugerencia que el Usuario pueda tener sobre este Instrumento puede enviarse al correo electrónico: juridico@fiantec.com.br
DEFINICIONES
Los términos que se enumeran a continuación se utilizarán en este Instrumento y tendrán las siguientes definiciones:
Servicios de FIANTEC: Servicios prestados por FIANTEC para garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales del Arrendatario, mediante una garantía de arrendamiento onerosa, de conformidad con la legislación aplicable.
Servicio de Análisis de Crédito: Este servicio se realiza evaluando la capacidad financiera del Inquilino para pagar el Monto Total del Alquiler estipulado en el Contrato de Arrendamiento.
Servicio de Negociación y Cobro de Deudas: Este servicio se realiza inmediatamente después de que la Agencia Inmobiliaria o el Corredor notifique el impago de los Montos Contratados. El objetivo es negociar y cobrar los montos pendientes directamente al Arrendador o a la propia FIANTEC, mediante anticipo o transferencia al Arrendador, la agencia inmobiliaria o el corredor.
Servicio de Garantía Onerosa: Este servicio es proporcionado por FIANTEC para cubrir el pago de los montos contratados atrasados por el Inquilino, siempre que no se hayan liquidado. Esta garantía se encuentra amparada por el Artículo 818 de la Ley N.° 10.406/2002 (Código Civil).
Contrato de Arrendamiento: Es el contrato firmado entre el Arrendador, el Inquilino y, en su caso, con la participación de la Parte Corresponsable, a través de la Agencia Inmobiliaria o el Corredor, al contratar los Servicios de FIANTEC.
Corresponsable: Es el Usuario (persona física) designado por el Arrendatario que puede ayudar a complementar los ingresos del Arrendatario, siempre que cumpla con los criterios de FIANTEC. El Corresponsable no necesita residir en la propiedad alquilada y es solidariamente responsable, junto con el Arrendatario, del pago de cualquier Monto Contratado a cargo de FIANTEC. El Corresponsable también puede ser quien abone el depósito de garantía mediante tarjeta de crédito.
Agencia/Corredor Inmobiliario: Es el Usuario debidamente autorizado por CRECI (Consejo Regional de Corredores Inmobiliarios), registrado en la Plataforma, que media en la ejecución del Contrato de Arrendamiento entre el Arrendatario y el Arrendador.
Arrendador: Es el propietario o titular de los derechos relativos a la propiedad objeto del Contrato de Arrendamiento, firmado con la participación de la Agencia o Corredor Inmobiliario autorizado en la Plataforma FIANTEC.
Inquilino: Es el Usuario/Inquilino (persona física) autorizado en la Plataforma FIANTEC, quien alquilará la propiedad puesta a disposición por el Arrendador, a través de la Agencia o Corredor Inmobiliario.
Plataforma: Es el conjunto de funcionalidades desarrolladas por FIANTEC que permiten el registro de Usuarios y la contratación de los Servicios FIANTEC.
Cuota de Activación de FIANTEC: Corresponde al valor total de la Garantía de Alquiler, que es el importe pagado por el inquilino, considerando la renta, las cuotas de condominio y otros cargos estipulados en el Contrato de Arrendamiento. Este valor es calculado por el sistema (Plataforma Fiantec) según el porcentaje elegido por el socio y también según los valores ingresados por este.
Cuota FIANTEC: La cuota FIANTEC corresponde a 1 (un) mes del Valor Mensual del Alquiler.
Garantía contra Daños al Desocupar: Esta es una garantía para la reparación de la propiedad al finalizar el contrato de arrendamiento, con el objetivo de restaurarla a su estado de conservación previo a su ocupación, según el informe de inspección de entrada. El límite de esta garantía se ajusta a los criterios anteriores.
Usuario: Puede ser la Agencia Inmobiliaria, el Corredor, el Inquilino o la parte corresponsable que utiliza los Servicios de FIANTEC. Valores Contratados: Son los montos cubiertos por la garantía de alquiler proporcionada por FIANTEC, según los términos de este Instrumento, limitados al Valor Total de la Garantía de Alquiler.
Valor Mensual de la Garantía de Alquiler: Es el monto mensual que el Inquilino debe pagar al Arrendador, considerando la renta, las cuotas de condominio y el Impuesto Predial (IPTU) estipulados en el Contrato de Arrendamiento (dentro del límite de la garantía contratada).
Valor Total de la Garantía de Alquiler: Es el monto total garantizado por FIANTEC, de acuerdo con los términos y condiciones de uso y compensación descritos anteriormente.
ACEPTACIÓN TÁCITA DE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES
El pago de la cuota de garantía por parte del inquilino o de cualquier parte implicada se considerará como aceptación tácita de todos los términos y condiciones establecidos en este contrato, así como de las políticas y procedimientos de uso definidos por FIANTEC.
La aceptación tácita implica que la parte contratante declara conocer y estar de acuerdo con:
a) Las cláusulas relativas al incumplimiento, la resolución del contrato y los procedimientos de cobro;
b) Las normas sobre la devolución de la garantía;
c) Los plazos establecidos para el envío de documentos, cuya omisión podrá interpretarse como una renuncia a derechos o cantidades;
d) Las sanciones aplicables en caso de incumplimiento del contrato, incluyendo el cobro de honorarios extrajudiciales y la interposición de demandas, si fuera necesario.
La parte contratante reconoce que la falta de objeción formal e inmediata tras el pago de la cuota de garantía constituye conocimiento y consentimiento inequívocos de las disposiciones de este contrato y las obligaciones asumidas.
Términos y Condiciones para la Inclusión del Pago a Plazos de la Garantía con la Agencia Inmobiliaria
El presente contrato establece las condiciones para la inclusión del pago a plazos de la garantía con la agencia inmobiliaria, que podrá abonarse en hasta 12 (doce) cuotas mediante comprobante bancario, permitiendo al socio optar por el pago a plazos del importe correspondiente.
MÉTODOS DE PAGO MEDIANTE COMPROBANTE BANCARIO
El socio podrá optar por el pago a plazos de la garantía MEDIANTE COMPROBANTE BANCARIO.
El socio autoriza el pago a plazos mediante comprobante bancario en la plataforma Fiantec al seleccionar la opción y aceptar automáticamente estos términos y condiciones.
Todas las garantías activadas por el socio se consolidarán en un único comprobante bancario mensual, emitido a su favor (inmobiliaria/agente/propietario), con vencimiento el día 15 de cada mes posterior, que deberá abonarse puntualmente.
Si el pago no se realiza en la fecha de vencimiento, el socio no podrá informar del incumplimiento del inquilino con respecto a la(s) garantía(s) incluida(s) en ese mes.
Además, todas las garantías activas vinculadas al comprobante bancario pendiente se liberarán automáticamente, sin previo aviso.
RESPONSABILIDADES DEL SOCIO (inmobiliaria/agente/propietario)
El socio debe prestar atención a la fecha de vencimiento y al pago mensual del comprobante bancario único, que consolida el importe total de todas las cuotas pagadas mediante comprobantes bancarios durante el mes anterior, garantizando así la regularidad de estas garantías activadas. En caso de impago, es decir, impago de la factura en la fecha de vencimiento, todas las garantías activas vinculadas al pago a plazos se liberarán automáticamente, sin previo aviso.
CANCELACIÓN ANTICIPADA - PAGO A PLAZOS MEDIANTE FACTURA
En caso de cancelación anticipada de una garantía pagada mediante factura, antes del pago total, se cobrarán los siguientes importes en una sola factura como penalización contractual por cancelación anticipada:
a) 20% del valor total de la garantía, destinado a cubrir los costes operativos, administrativos y de análisis crediticio derivados de la contratación y el mantenimiento de la garantía; y
b) Comisión de CONFIGURACIÓN.
El pago total de estos importes es condición indispensable para que la cancelación surta efecto y para la liberación definitiva de la garantía vinculada a la factura emitida por la inmobiliaria.
OBJETO
Objeto: El presente Instrumento establece los términos y condiciones generales de los Servicios FIANTEC, contratados por la Agencia Inmobiliaria o el Corredor, quienes actúan como representantes de los propietarios o titulares de derechos reales y como administradores de la cartera relacionada con los respectivos contratos de arrendamiento.
Como se ha descrito anteriormente, la Agencia Inmobiliaria/Corredor es consciente de que solo podrá dirigir a posibles inquilinos interesados en arrendar propiedades cuyos propietarios o titulares de derechos reales sean sus clientes, actuando como Arrendadores, y que hayan otorgado todos los poderes necesarios a los efectos de este Instrumento, siendo la Agencia Inmobiliaria/Corredor responsable de presentar una declaración al respecto.
Alcance: Los Servicios FIANTEC solo se aplicarán a: (i) Contratos de Arrendamiento de viviendas urbanas; (ii) Contratos de Arrendamiento de viviendas urbanas no residenciales.
Responsabilidad de la Agencia/Corredor Inmobiliario: Vincular los Contratos de Arrendamiento a los Servicios de FIANTEC sin observar los requisitos, limitaciones de objeto y alcance establecidos anteriormente obligará a la Agencia/Corredor Inmobiliario a cubrir todas las posibles pérdidas que FIANTEC sufra.
En ausencia de una cláusula de garantía en el contrato de arrendamiento, no se permitirá ninguna modificación contractual tras la notificación formal de incumplimiento por parte del inquilino.
Cualquier alteración o modificación del contrato de arrendamiento, ya sea para la inclusión de un arrendador, la sustitución de una garantía o la modificación de cláusulas, solo podrá realizarse con la autorización expresa y previa de FIANTEC, salvaguardando los derechos y obligaciones de las partes involucradas.
Las modificaciones contractuales realizadas sin la autorización previa de FIANTEC se considerarán nulas, sin efecto legal para la empresa ni eximiéndola de sus obligaciones originales.
En caso de incumplimiento formal, el contrato permanecerá inalterado y deberá cumplirse íntegramente de acuerdo con las cláusulas y condiciones inicialmente pactadas.
FIANTEC se reserva el derecho de solicitar documentos y pruebas adicionales, cuando sea necesario, para el análisis de cualquier solicitud de modificación contractual.
Si FIANTEC solicita los documentos necesarios para el análisis, la regularización o la continuación de los trámites relacionados con el contrato de arrendamiento, el solicitante deberá proporcionarlos y presentarlos dentro del plazo estipulado por la empresa.
El incumplimiento del plazo para la presentación de la documentación solicitada se interpretará como una renuncia expresa a las cantidades reclamadas o exigidas por el solicitante, y no se podrán realizar cargos futuros relacionados con dichas cantidades.
FIANTEC se reserva el derecho de rescindir o suspender la tramitación del caso hasta que se presenten debidamente los documentos requeridos, sin perjuicio de otras cláusulas contractuales y legales aplicables.
En caso de retraso en la entrega de la documentación, cualquier coste adicional, multa o cargo derivado del retraso será responsabilidad exclusiva del solicitante.
ACCESO A LA PLATAFORMA Y SERVICIOS DE FIANTEC
Acceso a la Plataforma: La Plataforma está disponible en: https://parceiro.fiantec.com.br
Acceso a los Servicios de FIANTEC: El acceso a los Servicios de FIANTEC requiere: (i) el registro de la Agencia/Corredor Inmobiliario en la Plataforma, que deberá ser realizado por la propia Agencia/Corredor Inmobiliario, ingresando: Nombre de la Agencia/Corredor Inmobiliario o Corredor Independiente; Número CRECI y Certificado de Regularidad; Estatutos Sociales y sus modificaciones o la última modificación consolidada de los Estatutos Sociales, si es persona jurídica; y Documento de Identidad y Tarjeta CRECI, si es persona física; Número de Registro CNPJ/MF, si es persona jurídica; y Número de Registro CPF/MF, si es persona física; Número de teléfono y correo electrónico de contacto, que, en el caso de una persona jurídica, debe ser el del representante legal de la Agencia Inmobiliaria o de una persona con poderes de representación; (ii) el registro del Inquilino en la Plataforma, a ser realizado por la Agencia/Corredor Inmobiliario, mediante la inserción de: Nombre; Número de Identificación Fiscal (CPF/MF); dirección, cuando se trate de arrendamientos no residenciales; dos números de teléfono de contacto; dirección de correo electrónico de contacto; y una copia escaneada del último extracto de la tarjeta de crédito a ser utilizada en la transacción, vinculando una tarjeta de crédito a nombre del Inquilino, que debe tener: vigencia superior a 12 meses, contados a partir de la fecha de presentación a FIANTEC; límite aprobado de al menos cuatro veces el Valor Mensual Total de la Garantía de Arrendamiento pretendida; y saldo disponible para la Tasa de Activación de FIANTEC; (iii) vinculación de un poder del Arrendador otorgando todos los poderes necesarios a los efectos de este Instrumento.
FIANTEC podrá, a su entera discreción, solicitar el registro de uno o más corresponsables si lo considera necesario. En este caso, la Agencia/Corredor Inmobiliario deberá proporcionar el registro del Corresponsable mediante: (i) la siguiente información y documentos: Nombre; Número de Identificación Fiscal (CPF/MF); Dirección; Número de teléfono de contacto; Correo electrónico de contacto; y una copia escaneada del último extracto de la tarjeta de crédito utilizada en la transacción; (ii) la vinculación de una tarjeta de crédito a nombre del Corresponsable, la cual deberá tener: una vigencia superior a 12 meses desde la fecha de presentación a FIANTEC; un límite aprobado de al menos cuatro veces el Valor Total de la Tarifa de Garantía de Alquiler solicitada; y saldo disponible para la Tarifa de Activación de FIANTEC.
El registro de la Agencia/Corredor Inmobiliario solo será efectivo una vez: (i) completados los procedimientos descritos anteriormente, (ii) aceptados por la Agencia/Corredor Inmobiliario los Términos y Condiciones Generales de los Servicios de FIANTEC, así como su Instrumento Privado de Cesión de Créditos.
El registro de los Arrendatarios y sus corresponsables solo será efectivo una vez: (i) completados los procedimientos descritos anteriormente; (ii) aprobados por FIANTEC los Análisis de Registro; y (iii) aceptados por el Arrendatario y sus corresponsables los Términos y Condiciones Generales de los Servicios de FIANTEC.
REGISTRO, APROBACIÓN Y CONTRATACIÓN
Registro y Aceptación de los Términos y Condiciones por parte de la Agencia/Corredor Inmobiliario: La Agencia/Corredor Inmobiliario será responsable de realizar el registro correspondiente ingresando los datos solicitados en la Plataforma y presentando los documentos mencionados anteriormente.
Tras el registro, la Agencia/Corredor Inmobiliario recibirá un nombre de usuario y una contraseña, y será redirigido al área restringida de la Plataforma, donde tendrá acceso a los Términos y Condiciones Generales de los Servicios de FIANTEC y podrá cargar los documentos solicitados.
La aceptación de los Términos y Condiciones de los Servicios de FIANTEC debe realizarse utilizando el nombre de usuario y la contraseña asociados a la dirección de correo electrónico, certificando que dicha aceptación fue realizada por el representante legal o persona con poderes de representación de la Agencia Inmobiliaria, o por el propio Corredor Independiente.
FIANTEC aclara que el procedimiento de aceptación de los Términos y Condiciones de los Servicios de FIANTEC debe repetirse siempre que se realice cualquier cambio en su contenido.
Al completar el registro y aceptar los Términos y Condiciones de los Servicios FIANTEC, el registro de la Agencia/Corredor Inmobiliario será enviado a FIANTEC para su análisis y, una vez aprobado, podrá intermediar contratos de Servicios FIANTEC, en la forma y condiciones estipuladas en este Instrumento, sujeto a limitaciones en cuanto al objeto y alcance, en particular el otorgamiento efectivo de poderes por parte del Arrendador a la Agencia/Corredor Inmobiliario.
Registro del Inquilino: La Agencia/Corredor Inmobiliario será responsable de registrar al Inquilino interesado introduciendo los datos solicitados en la Plataforma y presentando los documentos mencionados anteriormente y cualquier otro que se solicite.
La Agencia/Corredor Inmobiliario será responsable de proporcionar a FIANTEC toda la información y las condiciones comerciales relativas al Contrato de Arrendamiento que se suscriba con el Inquilino interesado, lo que incluye, entre otros, completar la Garantía de Alquiler Mensual, que debe reflejar el valor real de la renta acordada, sin considerar bonificaciones por puntualidad, así como proporcionar a FIANTEC, a través de la Plataforma, una declaración, debidamente firmada por su representante legal, sobre su legitimación para actuar como apoderado del Arrendador y la existencia de todos los poderes necesarios a los efectos de este Instrumento.
Análisis del Registro de Fiantec: FIANTEC será responsable de analizar los datos del Inquilino proporcionados por la Agencia/Corredor Inmobiliario para evaluar su solvencia y capacidad financiera.
La verificación de antecedentes del inquilino será realizada exclusivamente por FIANTEC, que podrá evaluar la información obtenida según los criterios que establezca, reservándose el derecho legal de no justificar su rechazo. La aprobación del registro de un inquilino o corresponsable no garantiza su aprobación en futuras transacciones, incluso si las condiciones son las mismas; cualquier decisión al respecto corresponde exclusivamente a FIANTEC.
FIANTEC está facultada, a su entera discreción, para rechazar el registro de inquilinos, incluso si se cumplen las condiciones establecidas.
En caso de rechazo del registro por parte de FIANTEC, se enviará un correo electrónico a la dirección de correo electrónico de la Agencia/Corredor Inmobiliario indicada al momento del registro, informándole de su decisión o publicándola en el área restringida de la Plataforma, a la que la Agencia/Corredor Inmobiliario podrá acceder mediante su usuario y contraseña.
Solicitud de Corresponsable: Tras la verificación de antecedentes del inquilino, FIANTEC podrá, a su discreción, solicitar la presentación de uno o más corresponsables. Si se solicita la presencia de un corresponsable, la Agencia/Corredor Inmobiliario será responsable de registrarlo en la Plataforma. Una vez registrado el corresponsable en la Plataforma, FIANTEC procederá al Análisis de Registro, al que se aplicarán las disposiciones establecidas en este acuerdo.
Aceptación de los Términos y Condiciones Generales de los Servicios de FIANTEC: La aprobación del Análisis de Registro por parte de FIANTEC se comunicará por correo electrónico a las direcciones de correo electrónico de la Agencia/Corredor Inmobiliario, del Inquilino y de cualquier corresponsable indicado en el registro.
A través del correo electrónico de aprobación, el Arrendatario y cualquier parte corresponsable serán redirigidos a la Plataforma, donde tendrán acceso a las condiciones comerciales establecidas, presentadas en una tabla resumen, que incluye, entre otros, el Valor Total de la Garantía de Alquiler y los Términos y Condiciones Generales de los Servicios de FIANTEC.
Tras aceptar las condiciones mencionadas en este contrato, el Arrendatario y cualquier parte corresponsable serán responsables de introducir el código de seguridad de las tarjetas de crédito registradas (CCV) en el campo correspondiente.
Al aceptar las condiciones comerciales, que incluyen, entre otros, el Valor Total de la Garantía de Alquiler, los Términos y Condiciones de los Servicios de FIANTEC y el registro del código de seguridad de la tarjeta de crédito, el Arrendatario y cualquier Parte Corresponsable aceptan expresamente: (i) el pago de la Tarifa de Activación de FIANTEC; (ii) la obligación de reembolsar cualquier Importe Contratado no pagado por el Arrendatario y liquidado por FIANTEC; y (iii) la posibilidad de protesto, por parte de FIANTEC, de cualquier título derivado del incumplimiento y su respectivo registro ante entidades de restricción crediticia (SERASA, SPC y otras equivalentes).
Firma del Contrato de Arrendamiento: Tras la finalización de los procedimientos descritos anteriormente, la Agencia/Corredor Inmobiliario será responsable de preparar y firmar un Contrato de Arrendamiento entre el Arrendatario y el Arrendador, que incluirá, obligatoriamente, las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA DE GARANTÍA DE ALQUILER
El Arrendatario ha contratado a FIANTEC FINANCIAL GROUP LTDA, persona jurídica privada, con sede en Av. Pedro Taques, nº 294, local 1305, Maringá, PR, debidamente representada en el presente documento de conformidad con sus estatutos sociales, inscrita en el CNPJ con el nº 22.525.645/0001-80, que, tras la aprobación del Análisis Registral del Arrendatario, se compromete a pagar cualquier deuda pendiente relacionada con el importe del alquiler mensual, incluyendo, si corresponde, la renta, el IPTU (impuesto predial) y/o las cuotas de condominio correspondientes a este contrato de arrendamiento, que el Arrendatario pueda tener en mora.
Las Partes declaran expresamente conocer todas las condiciones y limitaciones relativas a la Garantía Onerosa otorgada por FIANTEC, según lo establecido en los respectivos términos y condiciones de compensación y reembolso, especialmente en lo que respecta a: (i) el importe máximo de su responsabilidad, (ii) las limitaciones de esta responsabilidad, (iii) el plazo de vigencia, (iv) las condiciones de renovación, y (v) las causas de liberación.
El Arrendatario declara además conocer que, en caso de liberación de FIANTEC como avalista, deberá proporcionar, en un plazo máximo de 10 (diez) días, la sustitución de la garantía prestada, bajo pena de incumplimiento contractual y la interposición de la acción de desalojo correspondiente.
En caso de liberación de la garantía del arrendamiento, no renovación del contrato o cualquier situación en la que FIANTEC quede liberada de sus obligaciones contractuales, el procedimiento de desalojo, si fuera necesario, correrá a cargo del propietario del inmueble y/o de la inmobiliaria gestora, incluyendo las costas judiciales y extrajudiciales, los honorarios notariales, los costes operativos para la ejecución del desalojo y cualquier gasto derivado del desalojo forzoso, no siendo FIANTEC responsable de dichos importes, siendo responsabilidad exclusiva del propietario/inmobiliaria tomar todas las medidas legales para recuperar la propiedad.
Mantenimiento de la validez y validez de la tarjeta de crédito: En caso de cancelación, vencimiento, robo o clonación de la misma Para cualquier tarjeta de crédito vinculada al contrato con FIANTEC, el Arrendatario y/o cualquier Corresponsable deberá presentar, dentro de los 3 (tres) días siguientes a la recepción de la notificación, una nueva tarjeta de crédito válida a su nombre, de acuerdo con los criterios de registro exigidos por FIANTEC.
CLÁUSULA DE AUTORIZACIÓN PARA CARGOS A TARJETAS DE CRÉDITO
Al contratar los servicios de FIANTEC, aceptar las condiciones comerciales, los Términos y Condiciones de FIANTEC y registrar el código de seguridad de la tarjeta de crédito, el Arrendatario y/o cualquier Corresponsable autorizan expresa e irrevocablemente, independientemente de cualquier consentimiento posterior o cualquier otra formalidad, a FIANTEC a realizar cargos en las tarjetas registradas para: (i) el pago de la Tarifa de FIANTEC y la Tarifa de Activación de FIANTEC; (ii) el pago de la Tarifa de Verificación de la Tarjeta; y (iii) el reembolso de cualquier importe adelantado por FIANTEC para liquidar las obligaciones de arrendamiento pendientes del Arrendatario.
La Tarifa de Activación de FIANTEC se cobrará automáticamente cada 12 (doce) o 30 (treinta) meses, según el plan elegido por el Arrendatario en la plataforma FIANTEC, mediante un único cargo a su tarjeta de crédito o a la de su Corresponsable, según corresponda, pudiendo abonarse el importe en hasta 12 (doce) cuotas mensuales fijas.
La renovación de dicha cuota será automática hasta la finalización del plazo de arrendamiento o hasta la desocupación efectiva de la propiedad, acompañada del pago de todos los cargos de arrendamiento, lo que ocurra primero.
En caso de pago total de la Cuota de Activación de FIANTEC mediante PIX, TED, comprobante bancario o efectivo, el Arrendatario deberá presentar una tarjeta de crédito válida para el registro, incluso si está a nombre de un Corresponsable previamente aprobado en el análisis crediticio.
Las partes conocen plenamente los términos y condiciones generales de la Garantía Onerosa otorgada por FIANTEC – Fiantec Financial Group LTDA, disponibles en el siguiente enlace: https://fiantec.com.br/termos/termos-e-condicoes-locatarios.
Además de incluir la cláusula mencionada en este contrato, la Agencia/Corredor Inmobiliario está obligada a incluir una copia de los Términos y Condiciones de los Servicios FIANTEC contratados por el Arrendatario como Anexo I y parte integral del Contrato de Arrendamiento, tras su aceptación por parte del inquilino.
o grabaciones, ya sea en vidrios, puertas, paredes o rejas, ya existentes al momento de la firma del Contrato de Arrendamiento y debidamente demostradas en el Informe de Inspección Descriptiva, incluso mediante fotografías; (xvi) cualesquiera cantidades adeudadas por el Arrendatario bajo el Contrato de Arrendamiento con un evento generador anterior a la contratación de los Servicios de FIANTEC por el Arrendatario, en caso de que dicha contratación ocurra durante la vigencia del Contrato de Arrendamiento; (xvii) cualesquiera cantidades adeudadas por el Arrendatario bajo el Contrato de Arrendamiento en caso de uso del inmueble para un propósito distinto (residencial o no residencial) al informado por la Agencia/Corredor Inmobiliario y/o el Arrendatario al contratar los Servicios de FIANTEC; (xviii) gastos extraordinarios del condominio; (xix) daños morales.
Los Términos y Condiciones podrán modificarse o actualizarse en cualquier momento, a discreción exclusiva de FIANTEC, sin necesidad de autorización previa ni aceptación de los usuarios. La notificación del cambio se realizará a través de la plataforma, el sitio web oficial u otros canales de contacto disponibles, lo cual será suficiente para la plena efectividad de las modificaciones.